¿Tengo derecho a indemnización o ayuda?

Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Dado el tiempo trascurrido y salvo que pueda demostrar que el daño que se le causó ha sido continuado y que, por dicho motivo, no ha podido ejercitar hasta hoy la acción, la acción, lamentablemente, parece haber prescrito, por lo que no puede reclamar nada (salvo que concurran otras circunstancias excepcionales que no precisa).

Abogado Javier-Pozo, Gabinete jurídico Laboral-Social-Civil
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho Laboral
Estimado amigo,
Entiendo que no estás trabajando en la actualidad, si es así, puedes dirigirte a las oficinas de la Consejería de servicios sociales de la Junta de Andalucía y solicitar una valoración para la dependencia. Dependiendo del grado así tendrás ayudas o indemnizaciones.
Un saludo.

Estimado Cliente:
Habría que valorar los informes médicos y documentación relacionada a fin de poder plantear las alternativas a las que podría acogerse.
Si lo desea, puede contactar con nosotros.
Un cordial saludo

ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Si, pero el plazo es de 1 año tras la estabilización de las secuelas.
Supongo que ya habrá pasado.
Un saludo.

Abogado Santa María de Guía - Adolfo Aymar
Abogado de Santa María de Guía de Gran Canaria especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
A estas alturas ha prescrito cualquier responsabilidad del colegio. Entonces era el momento de reclamar. Saludos.