¿Tengo derecho a pensión alimenticia?

La obligación y responsabilidad de alimentar a los hijos no es sólo de la madre, si no que también del padre, por tanto usted puede obligar al padre de estos menores a que le pague una pensión de alimentos mensual para la manutención de los menores. Para ello tendrá que presentar una demanda de guarda y custodia donde además de solicitar esta pensión de alimentos también tendrá que regular un régimen de visitas del padre a favor de los hijos.
Para la interposición de esta demanda necesitará la intervención de un abogado y un procurador, por lo que le recomendamos que acuda al Colegio de Abogados de su población para solicitar uno de oficio.
Para cualquier aclaración puede contactar con nuestro despacho Ballesteros & Ruiz Abogados.

ABOGADO ACCIDENTES MALAGA - NARBONA ABOGADOS
Abogado de Málaga especializado en Responsabilidad Civil
Buenos Dias: Lógicamente el padre de esos dos hijos tiene determinadas obligaciones económicas con los mismos, en los que se incluye la obligación de una pensión de alimentos. Le sugiero que acuda al colegio de abogados de su población y solicite abogado de oficio al objeto de que inicie la oportuna reclamación.
Saludos cordiales

ABOGADO HERENCIAS JAEN - JESUS NAVARRO RUEDA
Abogado de Jaén especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
A raíz de su separación o divorcio, tienen que fijarse las bases de su situación y sus hijos, lo cual queda documentado en el convenio regulador. Si tienen derecho sus hijos a pension alimenticia y usted compensatoria.

Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, acuda al colegio de abogados de su población,bien seguro le asignarán un abogado de oficio, el padre de los menores debe responder.Un saludo. www.agabogados.cat