Preguntas y respuestas
Contribución para hipoteca vista como donación encubierta.
Realizada en Madrid Provincia Acuerdo verbal Impuestos Donaciones Hipoteca
Hola, En tu situación, lo más importante es que las transferencias que realices a tu pareja no sean interpretadas como una donación. A continuación, te explico algunos aspectos clave: Transferencias bancarias y donación: Si las cantidades que envías a tu pareja son recurrentes y relacionadas con el pago de la hipoteca o los gastos comunes del hogar, en principio no se considerarían como una donación, siempre que no superen los límites establecidos por la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Sin embargo, el concepto de las transferencias es crucial: si pones "contribución a la hipoteca" o "gastos del hogar", puede ayudar a clarificar que se trata de una ayuda económica para cubrir los gastos de convivencia y no una donación. Cantidad pequeña: En cuanto a la cantidad que se considera "pequeña", no hay un umbral específico para las transferencias recurrentes. Si no son grandes sumas (por ejemplo, por debajo de los 3.000-5.000 € anuales), es menos probable que la Agencia Tributaria lo considere una donación, pero dependerá de la interpretación fiscal. Alternativa: Para evitar problemas, una opción sería abrir una cuenta conjunta, donde ambos podáis aportar una cantidad proporcional para el pago de la hipoteca. De esta forma, el dinero no se consideraría como donación, sino como una aportación conjunta a los gastos del hogar. Contrato de alquiler: Si no deseas firmar un contrato de alquiler, una opción es acordar con tu pareja una aportación mensual directamente a la hipoteca, sin necesidad de formalizarlo legalmente como alquiler. Te recomiendo que hables con un asesor fiscal para que te oriente específicamente sobre cómo estructurar tus aportaciones de manera correcta para evitar problemas fiscales. Saludos,
hace 5 meses Abogado en las Rozas y a nivel nacional DPL AbogadosAsociación - facturar sin iva
Realizada en Huelva Hacienda :: agencia tributaria Asociaciones Factura Impuestos
A ver, yo he sido funcionario interino, y he tratado con asociaciones como funcionario que me tenían que pasar documentos y a veces simplemente no entendían bien que tenían que presentar y nos llamaban y se lo explicábamos. Yo empezaría por llamar al organismo que tramita esos certámenes y que te lo aclare, o en su defecto, mandarles un email. Es cierto que estoy de acuerdo con los abogados que consultasteis, no deja muy claro el organismo a que se refiere con "Documento acreditativo de exención de IVA", de ahí que empezaría por preguntarles. Yo no haría factura porque es un certamen, un concurso, no un servicio prestado mediante licitación previa. Se me está ocurriendo, por mis experiencias de interino con asociaciones, que puede el secretario de la asociación dar fe de que cumplís ese requisito de exención emitiendo vuestro propio secretario un certificado. Otra opción es presentar una declaración responsable, documento que se presenta con habitualidad a las administraciones públicas, aunque a efectos prácticos es lo mismo que el certificado que os comento.
hace 5 meses Abogado Segunda Oportunidad Madrid Lince Asesoría y AbogacíaDudas con transpaso de negocio
Realizada en Benalmádena Alquiler de local Divorcio Contrato laboral Hacienda :: agencia tributaria Prestación por desempleo Impuestos
Primero, es importante que te tranquilices, ya que has tomado algunas precauciones importantes, como incluir en el contrato una cláusula en la que el nuevo titular se hace responsable de la obtención de la licencia de apertura y te exime de cualquier responsabilidad en caso de denegación. Sin embargo, vamos a analizar la situación para que tengas claro qué podría ocurrir y cómo actuar en consecuencia. Recomendaciones: Comunicación con el nuevo titular: Recuérdale la importancia de finalizar los trámites para el cambio de titularidad de la licencia de apertura. Si la licencia es denegada por no cumplir con los requisitos actuales, él será el responsable de adecuar el local o de cerrar la actividad. Asesoría legal: Considera la posibilidad de consultar con un abogado especializado en derecho administrativo o en licencias de actividad para que revise el contrato de traspaso y te confirme si realmente estás exento de responsabilidad. Informe a la administración: Dependiendo de la situación, podrías informar al ayuntamiento del traspaso para que conste que el negocio ya no es de tu titularidad. Esto podría ayudarte a evitar problemas en caso de que se realicen inspecciones. Actuar proactivamente: Si se considera que hay riesgo de responsabilidad para ti, podrías evaluar la opción de solicitar una inspección voluntaria para que conste que el negocio está operando bajo la dirección del nuevo titular. En resumen, aunque parece que has tomado medidas para protegerte, es crucial actuar rápidamente para regularizar la situación y evitar problemas legales futuros. Un abogado podrá darte una orientación más precisa basada en una revisión detallada del contrato y la normativa local. Un saludo.
hace 7 meses Madrid Salinas Abogados¿Tengo que pagar impuestos siempre?
No debe basarse solo en que no permanece en España 183 días al año. Hay otras circunstancias que obligan a declarar por IRPF en España. Cualquier español debe presentar declaración del IRPF en España, cuando se dé CUALQUIERA de los siguientes requisitos: Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este período de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios de los calificados como paraíso fiscal, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en el mismo durante 183 días en el año natural. Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta. Que residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esta persona física. Este tercer supuesto admite prueba en contrario. -También estará obligado a declarar IRPF en España, los españoles que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal. Esta regla se aplicará en el periodo impositivo en el que se efectúe el cambio de residencia y durante los cuatro períodos impositivos siguientes. Por el contrario, una persona física tendrá la consideración de no residente en España cuando no se cumpla ninguno de los requisitos anteriores. Los impuestos son un tema muy delicado. Le aconsejo asista personalmente a un Abogado, que estudie en detalle su situación y le aconseje . Saludos Juan F. Trujillo González Abogado Las Palmas de Gran Canaria
hace 4 años Juan Trujillo GonzálezHerencia y valores valor de inmuebles
Buenos días. Existen múltiples métodos para calcular el valor de un inmueble. Además del valor catastral, también existe el calculado por la Xunta de Galicia a efectos del Impuesto de Sucesiones. No obstante, en caso de litigio las partes suelen utilizar el dictamen de peritos expertos en la clase de inmueble de que se trate. Finalmente, será el Juez quien determine el valor del bien en función de todas las pruebas que se practiquen en el proceso. Espero que esta breve nota le sea de utilidad. Saludos
hace 5 años Abogado propiedad intelectual Santiago de Compostela BERNARDO PENSADO VÁZQUEZ¿Se puede trabajar de manera independiente con 15 aÑos?
Realizada en Madrid Hacienda :: agencia tributaria Contrato laboral Autónomos
Buenos días. En principio, para poder darse de alta como autónomo la edad mínima sería de 18 años; sin perjuicio de que puedan contemplarse algunas excepciones. Quedamos a su disposición, reciba un cordial saludo.
hace 5 años Abogado comunidad de vecinos Madrid VecindiaHacienda y seguridad social
Realizada en Tenerife Provincia Deudas con hacienda
Puede darse de alta en A.T. y S.S. como autónomo, domiciliar los pagos y recibir los requerimientos de la deuda anterior. Ahora bien, depende del tipo de deuda, el tipo de reclamación que recibió y si le han notificado ya el embargo, tendrá unas consecuencias u otras. Para algunos beneficios puede tener problemas, por ejemplo, el acceso a la prestación de protección por cese de actividad de trabajadores autónomos, requiere que el autónomo se halle al corriente en el pago de las cuotas. Por otro lado, y en cualquier caso al darse de alta tendrá que facilitar un numero de cuenta del banco para el pago mensual de las cuotas. Y sabiendo cuál es su cuenta, le embargarán directamente. Por lo que lo más recomendable es que acuda personalmente a S.S. y pida pagos aplazados, para evitar que le embarguen tan pronto reciba el primer pago. Siéntase libre de contactar con nosotros si tiene cualquier otra duda o si necesitas que le asesoramos más profundamente.
hace 6 años Alamos AbogadosDevolución deducción de vivienda
Realizada en Andújar Hacienda :: agencia tributaria
Buenas tardes, para poder aplicar la deducción por vivienda habitual se tienen que dar dos requisitos, que la vivienda se haya adquirido antes de 2013 y que también antes de 2013 se haya producido una deducción en renta por dicha adquisición. Si entre 2010 y 2012 no hizo declaración de renta aplicando la deducción, no cumple ese requisito y por tanto no podrá deducirse la adquisición de vivienda. Saludos.
hace 6 años Abogado accidentes Úbeda Francisco Juan González García¿Cómo tengo que declarar una compensación de créditos?
Realizada en Málaga Deuda Hacienda :: agencia tributaria Impuestos
Su pregunta se puede hacer un tema complejo porque depende de muchas variables, habría que comprobar sus cuantas, si se encuentra dado de alta como autónomo o empresa, si la empresa es fiable... Si le dan de alta como socio también cambiaría dramáticamente su situación fiscal. Las implicaciones son diversas, y más complejas de lo que puede parecer en un principio. Puede acudir a nuestros servicios de asesoría en Málaga capital y estaremos encantados de analizar su tema.
hace 6 años Alamos AbogadosEmbargo de dinero por una tienda
Realizada en Granada Provincia Embargo de salarios Deudas con hacienda
Lo primero que hay que saber es de que organismo proviene el embargo y el concepto por el que se embarga, y a partir de ahí podrá saber con certeza la forma de actuar adecuadamente frente a dicho embargo.
hace 6 años Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO