La respuesta a tus dudas legales

Preguntas y respuestas sobre Impuestos

2 seguidores

Preguntas y respuestas

1 Respuestas

Me declaré insolvente ante hacienda

Última respuesta:

Buenas tardes, Hacienda no le puede reclamar ahora una deuda de 2009 si no lo ha hecho antes ya que estaría prescrita. Si tiene muchas deudas en España lo que puede plantearse es acogerse a la ley de segunda oportunidad, y de esa forma liquidar todas sus deudas y empezar desde cero. Es una especie de concurso para personas físicas que está funcionando muy bien. El único problema es que hay cierta controversia si afecta o no a la deuda con las administraciones públicas, por lo tanto es dudoso que sirva para saldar su deuda con Hacienda. Si le interesa ver esta opción no dude en contactar y podemos valorar si es adecuada para su caso. Un saludo,

hace 8 años ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
Han respondido:
4 Respuestas

¿Puedo pedir información en la seguridad social y hacienda?

Última respuesta:

Buenas tardes: Puede solicitarlo via web en ambos casos, o bien presencialmente y no por ello reactivará nada, puesto que si no se ha procedido a ninguna interrupción por reclamación de las mismas previamente, que haya hecho por ejemplo que su deuda llegue a via de apremio y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, deben estar prescritas. Saludos

hace 8 años ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
Han respondido:
1 Respuestas

Problema con hacienda

Última respuesta:

En principio no debería devolverle nada, pero tendríamos que estudiarlo con más información y ver la documentación en concreto.

hace 8 años Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Han respondido:
3 Respuestas

¿Puedo revocar el nombramiento de mis auditores si aun está en vigencia el contrato?

Última respuesta:

Buenos días Respecto de si puede o no revocar el nombramiento de sus auditores la respuesta es SI. Pero, habrá que mirar muy detenidamente el contrato que a ustedes les vincula, ya que es muy probable que si "rompe" el contrato habrá consecuencias con las que habrá que hacer frente. Lobel Abogados le aconseja que se ponga en contacto con nuestro despacho para estudiar su situación y evitar posibles abusos e intentar soportar mas consecuencias que las previstas por la rotura precipitada del pacto. Un saludo.

hace 8 años Abogado Duranguesado Lobel Abogados
Han respondido:
1 Respuestas

¿Cuánto debo a hacienda?

Realizada en Lugo Deudas con hacienda

Última respuesta:

Solo tienes que pasar por tu delegación de hacienda y preguntar, de todas formas cuando la fraccionaste seguro que te entregaron un documento con los plazos, fechas de pago y cálculo de intereses.

hace 8 años Abogado Ley de Segunda Oportunidad Granada PREVENCIÓN LEGAL ABOGADOS
Han respondido:
2 Respuestas

Colegiados pero no autonomos

Última respuesta:

Si es abogado ejerciente por cuenta propia tiene que estar decalta envel RETA o en la Mutualidad de la abogacía. Por tanto, puede contratar personal, pero al ser su cónyuge, en principio, deberá estar de alta en el RETA.

hace 8 años Abogado Indemnización por despido Barcelona Marben Abogados
Han respondido:
2 Respuestas

¿Cual es la manera mas habitual de liquidar los impuestos de una herencia?

Última respuesta:

Lo habitual es hacerlo conjuntamente para que las valoraciones sean iguales. Quedamos a su disposición, por si desea ampliar la respuesta mediante cita en nuestro despacho (nuestro tel. está en el perfil), saludos cordiales.

hace 8 años ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Han respondido:
1 Respuestas

Herencia de dos hijos de padres distintos

Última respuesta:

Si usted fallece, sus dos hijos heredarán sus bienes y pagarán los dos por igual. Otra cosa distinta es el dinero que deje su marido a su fallecimiento. En ese caso y si su marido deja efectivo, su hija heredará como hija (con las exenciones en el impuesto de sucesiones que ello conlleva) y su hijo como extraño (que no cuenta con exención alguna). No obstante, debería analizarse el contenido del testamento y valorar, al momento del fallecimiento de cada uno, cual es la voluntad del causante y los bienes a heredar.

hace 8 años Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Han respondido:
1 Respuestas

¿Puedo beneficiarme de la cuota de 50€ de autónomos si debo a hacienda?

Última respuesta:

Buenos días, le detallo mas abajo: El Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y estímulo del crecimiento y la creación de empleo introdujo la tarifa plana. Desde entonces la normativa ha sufrido varias modificaciones (Ley de Emprendedores, Ley de Fomento del Trabajo Autónomo) que han venido eliminando o modificando algunos de los requisitos iniciales, quedando actualmente como requisitos esenciales: •No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores. ( como nos comenta en la consulta lo cumple) •No ser administrador de una sociedad mercantil. ( Los tribunales están dándole aquí la razón al contribuyente ) dándole la admisibilidad. •No haber recibido anteriormente una bonificación de la Seguridad Social como autónomo, aunque hayan pasado más de cinco años. (*) •No ser autónomo colaborador (régimen especial para familiares de los autónomos). Situaciones, que en principio no le afectan. Por ultimo decirle que es condición fundamental y reflejada en la propia normativa interna de Seguridad Social, que para poder acceder a cualquier tipo de ayuda o bonificación de la S.S, es necesario no tener deudas contraídas con dicha administración. Por tanto una vez que solicite el aplazamiento, y este sea concedido, quedara al corriente de sus obligaciones, y si religiosamente paga dicho aplazamiento, tendrá derecho a la bonificación en las cuotas de autónomo, hasta que la misma se extinga, ( no olvidemos que esta tiene un plazo máximo). En el momento que deje de pagar ese aplazamiento, esa bonificación desaparece.

hace 8 años Abogado Discapacidades Granada - Ngloba Servicios Jurídicos
Han respondido:
1 Respuestas

Alta autónomo teniendo embargos

Última respuesta:

Claro que si, usted debe acogerse a la nueva ley de la segunda oportunidad dependiendo de su situación, y el negocio ponerlo a nombre de un S.L. Consulte y le diremos cómo hacerlo para que usted no tenga problemas somos abogados y asesores fiscales.

hace 9 años Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Han respondido: