Preguntas y respuestas
¿Tengo que pagar alguna tasa por dar un dinero a mis hijos?
Realizada en Granada Provincia Impuesto de transmisiones patrimoniales
Sí, tendría usted que pagar el impuesto sobre sucesiones y donaciones. Ya que en caso de que no lo haga Hacienda le puede reclamar ese dinero más adelante. Espero haber resuelto su duda, para cualquier otra cosa estamos a su entera disposición en nuestro despacho profesional.
hace 8 años Abogado Ley de Segunda Oportunidad Granada PREVENCIÓN LEGAL ABOGADOSJustificación pago sucesiones
Para disponer de los saldos bancarios del causante, es necesario la previa liquidación del impuesto sobre sucesiones, según preceptúa la norma que regula dicho tributo, y el banco debe exigir los modelos 650 y 660.-
hace 8 años Abogado de Familia en Motril Caracuel Abogados¿Qué impuestos tiene legítima?
Realizada en Hospitalet de Llobregat Herencia Impuestos
Si , el impuesto de sucesiones , si lo desea podemos preparárselo .
hace 8 años Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos GiraltEmpadronamiento y coche
Realizada en Palma de Mallorca Compra venta de vehículo Impuestos
Le recomiendo que se asesore a través de un asesor fiscal
hace 8 años Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y GleraImpuesto extinción condominio vía judicial
Realizada en Sevilla Provincia Impuesto de transmisiones patrimoniales
Los impuestos que gravan este tipo de cuestiones son el relativo a Actos Jurídicos Documentados por la extinción del condominio, y por el exceso de adjudicación el relativo a las Transmisiones Patrimoniales Onerosas, en virtud de la diferencia que se de entre la cuota adjudicada tras la extinción y la cuota de participación originaria.
hace 8 años Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López AbogadoError fecha nacimiento declaración de renta
Realizada en Vilafranca del Penedès Declaración de la renta
Puede presentar otra declaración complementaria , y la primera quedara anulada. Por otro lado , si el año no cambia el resultado de la declaración , no se preocupe.
hace 8 años Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos GiraltCompra de una vivienda 2ª mano
Modelo 600, impuesto de transmisiones y AJD. Y con hacienda ya estás en paz, otros gastos serán los de notaría y registro pero ya no tienen nada que ver con hacienda que sería la consejería de hacienda de la Junta de Andalucía en tu caso. En abogadossevilla-malaga estamos a tu disposición, y ojo si has pedido hipoteca y te han metido los gastos enteros pues se podrían reclamar, somos especialistas en cláusula suelo y reclamación de gastos hipotecarios.
hace 8 años ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan GilabertDeudas anterior del matrimonio
Realizada en Granada Provincia Deudas con hacienda Deuda Matrimonio
Solo pasarían a ser tuyas si optáis por un régimen de sociedad de gananciales y el patrimonio privativo de su esposo no alcanzara para el pago de las deudas ya que en ese caso los acreedores se podrían dirigir contra el patrimonio ganancial. Yo le aconsejo que otorguen capitulaciones matrimoniales señalando como régimen para el matrimonio el de separación de bienes.
hace 8 años Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y GleraTengo deuda con hacienda
Realizada en Madrid Deudas con hacienda
Efectivamente le pueden embargar el coche. La nomina también, aunque con las restricciones de la Ley. Saludos.
hace 8 años Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra AbogadosEmbargo de la administración de hacienda
Realizada en Islas Baleares Provincia Deudas con hacienda Embargos Pensiones
Entiendo que has recibido la primera Providencia de Apremio y el total de la deuda asciende a 1.300 euros. Ello se recoge en el art.169.2 de la Ley General Tributaria "...los bienes se embargarán por el siguiente orden: a) Dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de crédito. b) Créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo. c) Sueldos, salarios y pensiones. d) Bienes inmuebles. e) Intereses, rentas y frutos de toda especie. f) Establecimientos mercantiles o industriales. g) Metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades. h) Bienes muebles y semovientes. i) Créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo. ...". En este caso, y por esta cantidad, creo que irán directo a tu cuenta bancaria y si no basta a tu pensión. Espero haberte ayudado. Saludos.
hace 8 años Miguel Roca